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La nueva ley de tráfico que fue aprobada el pasado 3 de diciembre en el congreso y que se publicó el 21 de diciembre, entra en vigor en apenas un mes.

La ley recoge nuevas sanciones mucho más severas en el sistema de detracción de puntos del carnet de conducir. Si quieres saber qué novedades trae esta ley y como te verás afectado, sigue leyendo.

Novedades de la ley

Los principales cambios afectarán a la detracción de puntos. Ante ya infracciones existentes la perdida de puntos será mayor.

Por ejemplo, utilizar el móvil mientras se conduce pasa de tener una sanción de 3 puntos a 6 y arrojar objetos a la vía pasa de 4 a 6.

Resumen de la legislación

Las sanciones que se ven afectadas son las siguientes:

  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas será una retirada de 6 puntos.
  • Conducir con una tasa de alcohol superior a 0,25mg/l en aire será de 4 puntos, y si es igual o superior a 0,50 será de 6 puntos.
  • Conducir con presencia de drogas costará 6 puntos menos.
  • Conducir con mecanismos de detección de radares será de 3 puntos.
  • Conducir vehículos con inhibidores de radares será de 6 puntos.
  • Participar en carreras no autorizadas o conducir de forma temeraria será de 6 puntos.
  • Incumplir la legislación sobre adelantamiento poniendo en peligro al resto conductores será de 4 puntos
  • Alterar el limitador de velocidad será de 6 puntos.
  • Sujetar el móvil mientras se conduce será de 6 puntos.
  • Arrojar objetos que puedan generan accidentes será de 6 puntos.
  • Adelantar a ciclistas sin dejar la separación mínima de 1,50 metros será de 4 puntos..
  • No respetar las señales de la autoridad será de 6 puntos.
  • Exceder en más de 50% los tiempos de conducción establecidos en la legislación sobre transporte terrestre será de 6 puntos.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo de delante será de 4 puntos.
  • Incumplir la preferencia de paso, la obligación de detenerse ante un stop, ceda el paso y semáforo en rojo será de 4 puntos.
  • Conducir con un permiso que no habilite para ello será de 4 puntos.
  • Conducir utilizando cascos de audio será de 3 puntos.
  • Realizar un cambio de sentido incumpliendo la ley será de 3 puntos.
  • No hacer uso del cinturón, casco y demás elementos de protección será de 4 puntos.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autovía y autopista será de 4 puntos.
  • Conducir un vehículo con la licencia suspendida será de 4 puntos.

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